TRAMITES PARA CREAR UNA EMPRESA
ÍNDICE
1º) REGISTRO MERCANTIL CENTRAL
2º) HACIENDA
ÍNDICE
1º) REGISTRO MERCANTIL CENTRAL
2º) HACIENDA
3º) BANCO
4º) NOTARÍA
5º) REGISTRO MERCANTIL PROVINCIAL
6º) TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
7º) AYUNTAMIENTO
8º) OFICINA DE PATENTES Y MARCAS
9º) DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO
10º) SERVICIO DE EMPLEO PUBLICO ESTATAL (SEPE)
2º) HACIENDA
3º) BANCO
4º) NOTARÍA
5º) REGISTRO MERCANTIL PROVINCIAL
6º) TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
7º) AYUNTAMIENTO
8º) OFICINA DE PATENTES Y MARCAS
9º) DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO
10º) SERVICIO DE EMPLEO PUBLICO ESTATAL (SEPE)
1º) REGISTRO MERCANTIL CENTRAL
Lo primero es presentar la solicitud de la certificación negativa del nombre de la empresa, para la cual nos dirigiremos a la institución administrativa del Registro Mercantil Central (RMC).
Después de finalizar el tramite del RMC, nos dirigiremos a la Delegación de Hacienda y solicitar el modelo 036 para obtener el CIF. Posteriormente a la solicitud del CIF, obtendremos el modelo 840 para pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas y así operar legalmente como empresa.
3º) BANCO
En siguiente lugar, para poder adquirir personalidad jurídica, necesitaremos abrir una cuenta bancaria, de la cual además solicitaremos un certificado bancario del saldo en el banco donde hemos abierto la cuenta a la empresa, para justificar ante el notario la aportación de los socios a la empresa.
4º) NOTARÍA
A continuación deberemos ir a un notario para que constituya la sociedad y redacte la escritura, en dicha escritura constará los Estatutos de la sociedad, nombre de los socios, aportaciones que realiza cada uno, las participaciones o acciones que tiene cada socio, quién es el administrador, así como los pactos entre socios, etc.
5º) REGISTRO MERCANTIL PROVINCIAL
En este paso debemos presentar la escritura firmada en la notaría para que se registre. Previamente liquidaremos el Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
6º) TESORERÍA DE LA SEGURIDAD
SOCIAL
En la TSG (Tesorería de la Seguridad Social) debemos de inscribir la empresa, dar de alta a los socios administradores y a los socios mayoritarios en el régimen de autónomos, y a los socios trabajadores y a los trabajadores en el régimen general.
7º) AYUNTAMIENTO
En el Ayuntamiento debemos solicitar la Licencia de apertura del local en el que se va a realizar las actividades comerciales y licencia de obra.
8º) OFICINA DE PATENTES Y MARCAS
En esta institución se realizará la solicitud del registro de marca de nuestra empresa:
9º) DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO
Al igual que se realiza la solicitud de apertura del local en el municipio, se debe comunicar la apertura del centro de trabajo a la Consejería de Trabajo:
10º) SERVICIO DE EMPLEO PUBLICO
ESTATAL (SEPE)
Se comunicará el alta de los trabajadores presentando los contratos en el Servicio de Empleo Público Estatal, en nuestro comunidad SERVEF.